Modelos de Autorización familiar para que un alumno participe en una actividad extraescolar.
Todos los alumnos y alumnas que quieran participar en una actividad extraescolar organizada por el centro deberán entregar al profesorado que organiza la actividad una de las siguientes autorizaciones firmada por sus tutores legales.
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La firma de la autorización conlleva la aceptación de las normas que regulan la participación en Actividades Extraescolares establecidas en el centro.
NORMAS QUE REGULAN LAS ACTIVIDADES FUERA DEL CENTRO
- Por tratarse de actividades de Centro, al alumnado participante le será de aplicación durante el desarrollo de la misma cuanto se recoge en este ROF sobre derechos y deberes de alumnos y alumnas y las correspondientes correcciones en caso de conductas inadecuadas.
- Además de las sanciones previstas, el alumno o alumna quedará excluido o excluida temporalmente de participar en determinadas actividades futuras.
- En caso de conductas inadecuadas se considerará agravante el hecho de desarrollarse la actividad fuera del Centro, por cuanto puede suponer de comportamiento no solidario con el resto del grupo, falta de colaboración e incidencia negativa para la imagen del Instituto.
- Si la gravedad de las conductas inadecuadas así lo requiriera, las personas adultas acompañantes podrán comunicar tal circunstancia a la Jefatura de Estudios del Centro, la cual podrá acordar el inmediato regreso de quienes protagonicen tales conductas. En este caso, se comunicará tal decisión a los representantes legales del alumnado afectado.
- El alumnado que participe en este tipo de actividades debe asumir el compromiso de asistir a todos los actos programados.
- De igual modo, no podrán ausentarse del grupo o del hotel sin la previa comunicación y autorización de las personas adultas acompañantes.
- Las visitas nocturnas a la ciudad deberán hacerse en grupos, evitando las bebidas alcohólicas y provocar incidentes.
- El alumnado no podrá utilizar o alquilar vehículos a motor diferentes a los previstos para el desarrollo de la actividad, ni desplazarse a localidades o lugares distintos a los programados, ni realizar actividades deportivas o de otro tipo que impliquen riesgo para su integridad física o para los demás.
- Si la actividad conlleva pernoctar fuera de la localidad habitual, el comportamiento del alumnado en el hotel deberá ser correcto, respetando las normas básicas de convivencia y evitando situaciones que puedan generar tensiones o producir daños personales o materiales (no alterar el descanso de los restantes huéspedes, no producir destrozos en el mobiliario y dependencias del hotel, no consumir productos alcohólicos o estupefacientes de cualquier tipo, y actos de vandalismo o bromas de mal gusto)
- De los daños causados a personas o bienes ajenos serán responsables las alumnas o alumnos causantes. De no identificarlos, la responsabilidad recaerá en el grupo directamente implicado o, en su defecto, en todo el grupo de participantes en la actividad. Por tanto, en caso de minoría de edad, serán sus representantes legales los obligados a reparar los daños causados.